A día de hoy, cualquier sonserrano/a sabe que San Vicente de la Sonsierra está compuesto por su núcleo principal (San Vicente) y dos aldeas (Rivas de Tereso y Peciña). Sin embargo, lo que quizá muchos/as no sepan es que hubo otros lugares (municipios actualmente independientes) que formaron parte del término jurisdiccional de San Vicente.
O que algunos de los que ahora son parte de esta villa divisera, se rigieron con cierta autonomía durante un breve periodo de tiempo. Así, pueblos como Ábalos formaron parte de San Vicente y otros como Rivas gozaron de cierta (nunca plena) autonomía administrativa. Los rastros que se pueden seguir en la documentación nos permiten lanzar la hipótesis de que si bien Ábalos fue un municipio completamente independiente desde que Juan Hurtado de Velasco, conde de Castilnovo, lo separara de San Vicente en julio de 1653, aunque siguiera perteneciendo a su señorío, no se puede afirmar lo mismo con respecto al término de Rivas de Tereso. De hecho, pese a que se produjera la mencionada separación de Ábalos y que otros, como Rivas, pudieran actuar con cierta autonomía administrativa, en momentos de crisis económica y administrativa, como ocurrió durante los años finales del reinado de Isabel II, tuvieron que incorporarse al municipio cabeza de comarca, es decir a San Vicente, porque el ministerio de la Gobernación así lo exigió mediante la aprobación de una ley que instaba a que así lo hicieran los municipios con bajo número de habitantes. En este sentido, el 8 de diciembre de 1867 el Boletín Oficial de la Provincia de Logroño publicó: “Ábalos y Rivas con sus respectivas jurisdicciones se agregan a la villa de San Vicente de la Sonsierra de la cual distan una legua”. (Boletín Oficial de la Provincia de Logroño, 8/12/1867, p. 5).
Durante casi todo el siglo XIX, ambos términos territoriales dependieron administrativamente de San Vicente, aunque en cuestiones muy puntuales el consistorio sonserrano les encomendó la gestión de ciertos recursos e incluso la recaudación de algunos impuestos (Boletín Oficial de la Provincia de Logroño, nº 101, 30/10/1889, p.2). No obstante, a principios del siglo XX, Ábalos volvió a ser municipio con ayuntamiento propio. No fue ese el caso de Rivas, tal y como queda reflejado en el Boletín de la Provincia de Logroño del 15 de enero de 1913. Cierto es que hubo términos (aldeas actualmente) como Carbonera, que fueron independientes, en su caso de Bergasa, hasta 1939, pero el hecho de que no se mencione tal condición para Rivas de Tereso en ninguna fuente hemerográfica consultada para los años 1916 y 1939 hace presuponer que este término se incorporó a San Vicente con bastante anterioridad a la Guerra Civil y la II República. Es más, tal y como queda recogido en la documentación, se incorporó a San Vicente, posiblemente, en algún momento del año 1916: “Don Alfonso [rey Alfonso XIII] ha firmado las siguientes disposiciones: de Gobernación –autorizando al ministro para presentar en las Cortes un proyecto de ley suprimiendo el Ayuntamiento de Rivas (Logroño) y agregándolo al de San Vicente de la Sonsierra, de la misma provincia” (La Atalaya: diario de la mañana, año XXIV, nº 8933, 1/06/1916, p. 2; El avisador numantino, año XXXVIII, nº 3595, 07/06/1916, p. 2). Una disposición que se confirmó semanas más tarde en el periódico soriano El avisador numantino: “las únicas leyes aprobadas y sancionadas por el Rey [son] la pensión de 5000 pesetas para la respetable viuda de Isaac Peral y la supresión del municipio de Rivas, en Logroño, para incorporarlo al de San Vicente de la Sonsierra” (El avisador numantino, año XXXVIII, nº 3608, 22/07/1916, p. 1).
Aunque las fuentes documentales son bastante clarificadoras, como se ha podido ver, el problema surge cuando se da rienda suelta a ciertos discursos que cuestionan hechos históricos contrastados. Evidentemente, resulta difícil rastrear la trayectoria de algunos hechos y a veces, incluso, asumir que algunas medidas excepcionales, como la mencionada gestión de los recursos concedida por los consistorios cabezas de comarca a sus aldeas fueron algún tipo de síntoma de independencia efectiva, cuando, lo que únicamente se puede señalar al respecto es que fueron medidas excepcionales y provisionales por cuestiones puntuales, como agilizar la administración de un territorio demasiado vasto para un pequeño consistorio en una etapa finisecular en la que la infraestructura viaria y las comunicaciones, en general, eran mucho más complicadas que las actuales.
Con todo, las referencias de las que disponemos, y con ello me refiero a las sancionadas por ley, no nos permiten afinar ni asegurar con rotundidad la fecha exacta en la que se dio lugar a la actual división jurisdiccional, pero, de lo que no parece caber duda es de que el ayuntamiento de San Vicente de la Sonsierra rigió administrativamente Rivas de Tereso mucho antes de lo que se pensaba, al menos así lo confirman las fuentes hemerográficas señaladas. Pero, como en la disciplina histórica nada es definitivo, es posible, quien sabe, que aparezca un documento que nos indique, por qué no, alguna otra medida excepcional o alguna otra razón por la que tal o cuál municipio/término formó, se escindió o se reincorporó a San Vicente de la Sonsierra.